27 de septiembre de 2024

EL 21 DE DE FEBRERO DE 2025 ENTRAN EN VIGOR LAS NUEVAS EXIGENCIAS DE ACCESIBILDAD DE LOS ASCENSORES.

Dimensiones mínimas de las cabinas de ascensor armonizados por la norma UNE‐EN 81:70:2022+A1


Edificios de uso residencial con viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas, anchura x profundidad (m):


Con una puerta o con dos puertas enfrentadas: 1,10 x 1,40

Con dos puertas en ángulo: 1,40 x 1,60 ó 1,60 x 1,40

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